jueves, 26 de enero de 2012

Por ley antitrámites habrá 24 horas para reconectar servicios públicos

Antes el tiempo para el restablecimiento del servicio dependía de la voluntad del prestador.
El decreto-ley que puso fin o racionalizó más de un centenar de trámites engorrosos e innecesarios contiene una disposición favorable para quienes sufren suspensión de un servicio público domiciliario. 
"Resuelta favorablemente una solicitud de reconexión de un servicio público a un usuario, o desaparecida la causa que dio origen a la suspensión, la reconexión deberá producirse dentro de las 24 horas siguientes", dice la norma. 

El plazo es de obligatorio acatamiento en todo el país. La medida tiene gran impacto, por cuanto antes el tiempo para el restablecimiento del servicio dependía de la voluntad del prestador.

La 'revolución' de los trámites no para con el decreto que eliminó 
las más de cien diligencias "jartas", como las calificó el presidente 
Juan Manuel Santos. 

Es una decisión de fondo del Gobierno que se profundizará en todo el sector público, con más medidas, y que estimulará a los privados a sumarse a esta cruzada.

La reforma plantea una nueva relación del Estado con los ciudadanos. Primero que todo, presume su buena fe y en consecuencia toma decisiones como eliminar las autenticaciones para toda diligencia ante agencias públicas. Pero también se compromete a ser más eficiente y se obliga a tener bases de datos para confirmar información que antes debían entregar los usuarios, como en el caso de los certificados de supervivencia.

Preguntas y respuestas

¿Se pueden continuar diligencias en ciudades distintas de donde se comenzaron?

Sí. Por ejemplo: la legalización de la venta de un carro se podrá hacer en una ciudad distinta de donde se compró. Y si una empresa cambia de domicilio, las cámaras de comercio deben tramitar internamente la documentación para legalizar el 
movimiento.

¿Se puede solicitar un registro civil en notaría distinta de la que recibió la inscripción?

Sí, las notarías y registradurías están obligadas a expedir el registro civil, independientemente de la oficina donde se haya hecho la inscripción.

Como el certificado judicial se acabó, ¿qué debe hacer un empleador para obtener antecedentes judiciales de un candidato a empleado?

Pedir la información a la Policía.
Lo que usted debe tener en cuenta cuando vaya a hacer sus diligencias
1. El RUT
Recuerde que desde el primero de julio podrá obtener el Registro Único Tributario (RUT) por Internet y sin presentar la cédula, una constancia bancaria y un recibo de servicio público.
2. Libreta militar
Tenga en cuenta que desde el próximo año todos los trámites relacionados con la obtención de la libreta militar podrá hacerlos a través de Internet, y no presencialmente, como es hoy día.
3. Supervivencia
Si usted es pensionado, recuerde que desde junio próximo los bancos ya no podrán exigirle un certificado de supervivencia para entregarle su mesada.
4. Antecedentes
Tenga en cuenta que si va a ser contratado en una empresa, esta no podrá exigirle su pasado judicial, sino que tendrá que consultar sus antecedentes con la Policía.
5. Autenticación
Cuando vaya a hacer alguna gestión en una entidad pública, tome en consideración que no podrán exigirle que los documentos requeridos, estén autenticados por un notario.
6. Citas médicas
Esté atento cuando pida una cita de medicina general o de odontología, porque las EPS tienen la obligación de otorgársela en un plazo no mayor de tres días.
7. Incapacidad
Cuando se enferme o necesite la licencia de maternidad, recuerde que ya no deberá hacer el trámite usted. La empresa y el centro médico coordinarán esta gestión.
8. Títulos
Si necesita validar un título de estudios obtenido en el exterior, tome en cuenta que el Ministerio de Educación deberá hacer ese trámite en un máximo de cuatro meses.
9. Revisión gases
Si compró un carro nuevo, recuerde que la revisión de gases solo se la exigirán 6 años después de matriculado su vehículo. Si es de transporte público o moto, será cada 2 años.
10. Pases
Cuando vaya a sacar el pase, esté atento a que se lo entreguen con una vigencia de 10 años si es menor de 60 años; 5 años si tiene entre 60 y 80, y un año si es mayor de 80.

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